Durante el año 1997 y parte de 1998 se trabajó en el desarrollo jurídico que dé soporte legal a la relación entre la Excma. Diputación Foral de Bizkaia y BIZKAIKO BIDEAK, así como a las actividades que ésta pueda realizar.
En este sentido, partimos de la Norma Foral nº 6/1998 de 30 de junio, por la que se establecen las reglas fundamentales que habrán de regir en las encomiendas para la construcción y/o explotación de carreteras y otras infraestructuras de competencia de la Diputación Foral de Bizkaia por Sociedades Públicas Forales.
La Diputación Foral de Bizkaia podrá encomendar a BIZKAIKO BIDEAK la construcción y/o explotación, por sí misma o por terceros, de infraestructuras de su competencia.
Establece que las relaciones entre la Diputación Foral de Bizkaia y BIZKAIKO BIDEAK se regirán por Convenios generales y específicos.
Faculta a la Diputación Foral de Bizkaia para asumir los compromisos económicos, incluyendo eventuales intereses por aplazamiento, derivados de las actuaciones que encomiende a BIZKAIKO BIDEAK.
Establece la posibilidad de que BIZKAIKO BIDEAK pueda ceder a terceros los derechos de crédito presentes o futuros que ostente frente a la Diputación Foral de Bizkaia.
Con fecha 17 de julio de 1998 se firmó el Convenio General entre la Diputación Foral de Bizkaia y BIZKAIKO BIDEAK por el que se instrumentan las encomiendas. Este Convenio fue actualizado y perfeccionado mediante un nuevo Convenio General firmado con fecha 2 de Mayo de 2002 y recientemente actualizado y firmado de nuevo, el 25 de septiembre de 2006.
Según el mismo:
BIZKAIKO BIDEAK actuará por cuenta de la Diputación Foral de Bizkaia, en nombre propio o en nombre de la Diputación Foral de Bizkaia, según los términos de cada encomienda.
Se establecen los mecanismos de seguimiento y control de la Diputación Foral de Bizkaia sobre BIZKAIKO BIDEAK.
Se establece la obligación de BIZKAIKO BIDEAK de asegurar las obras frente a la responsabilidad civil y frente a todo riesgo de construcción.
Regula la recepción de las obras por la Diputación Foral de Bizkaia/ BIZKAIKO BIDEAK.
Asimismo, dicho Convenio General establece que para cada encargo se efectuará el correspondiente Convenio Específico que regula los términos de cada encomienda concreta y cuyo instrumento básico será el Plan Económico-Financiero, que establece los compromisos económicos que asume la Diputación Foral de Bizkaia, los que asume BIZKAIKO BIDEAK, y los que asumen TERCEROS, en su caso.
Establece qué actuaciones se reserva la Diputación Foral de Bizkaia y qué actuaciones realizará BIZKAIKO BIDEAK.